Divorcio Express
El trámite de divorcio más ágil ya que no existen hijos, ni bienes. Se adelanta ante notaría normalmente o como segunda opción se puede tramitar ante el juzgado de familia.
La escritura de divorcio con liquidación de sociedad conyugal en ceros se firma por el abogado en un par de días, al finalizar la revisión por parte de la notaria.
Sólo se requiere el registro civil de matrimonio y los registros civiles de nacimiento de los cónyuges y los costos notariales no superan los $400.000 pesos para el año 2021.
Divorcio Mutuo Acuerdo
Se puede tramitar a través de notaría lo cual es muy ágil, o se puede presentar ante juzgado de familia.
Este trámite normalmente es con hijos y/o con bienes sujetos a sociedad conyugal que deben ser adjudicados.
Si existen hijos, el trámite puede durar entre dos a tres meses aproximadamente, ya que se debe correr traslado al defensor de familia del acuerdo de los cónyuges sobre custodia, cuidado, alimentos y del régimen de visitas de los hijos menores de edad. El defensor de familia se toma al menos 20 días para responder y solicitar las correcciones pertinentes si así lo considera necesario.
Divorcio contencioso
Si adelanta por juzgado en forma contenciosa, esto es que no están de acuerdo en el divorcio, y/o en la forma de repartir los bienes, y/o en las obligaciones frente a los hijos (alimentos, visitas, custodia y cuidado), estos aspectos se resolverán en la etapa de conciliación o en la sentencia por parte del juez de familia, lo que tiene que ver con los bienes se resuelven en la sentencia que apruebe el trabajo de partición y adjudicación dentro del trámite de la demanda de liquidación.
Divorcio con o sin hijos
Para tramitar el Divorcio cuando existen hijos por obligación legal se debe acordar la custodia y cuidado personal de los hijos, con el régimen de alimentos y con el régimen de visitas.
Los hijos mayores de edad también tienen derecho a una cuota alimentaria, siempre y cuando están estudiando y dependen económicamente de sus padres o en el caso que sufran de alguna discapacidad o enfermedad que impida valerse por si mismos.
Divorcio con o sin bienes
Si existen bienes, se deben liquidar y se adjudicar a cada uno de los cónyuges lo que le puede corresponder por la sociedad conyugal.
Si se adelanta por notaría, en una sola escritura se podía tramitar el divorcio donde se acuerde los alimentos, visitas, custodia y cuidado frente a los hijos y al igualmente se disuelva y se liquide la sociedad conyugal.
Si adelanta por juzgado en forma contenciosa, esto es que no están de acuerdo en el divorcio, y/o en la forma de repartir los bienes, y/o en las obligaciones frente a los hijos (alimentos, visitas, custodia y cuidado), estos aspectos se resolverán en la etapa de conciliación o en la sentencia por parte del juez de familia, lo que tiene que ver con los bienes se resuelven en la sentencia que apruebe el trabajo de partición y adjudicación dentro del trámite de la demanda de liquidación.
Los hijos mayores de edad también tienen derecho a una cuota alimentaria, si están estudiando y dependen económicamente de sus padres o en el caso que sufran de alguna discapacidad o enfermedad que no les permita valerse por si mismos.
Divorcio con o sin embargo de bienes
Si es posible que alguno de los cónyuges insolvente la sociedad conyugal, es decir, que venda o transfiera a terceras personas bienes que estén a nombre de el o ella, en este caso con la presentación de la demanda se solicita al juez de familia que se decreta el embargo de los bienes que se encuentra a nombre del otro cónyuge y se procede a registrar la demanda en los certificados de libertad o en las oficinas de tránsito para evitar que uno de los cónyuges transfiera los bienes una vez se enteren de la demanda.
Divorcio con alimentos para cónyuge divorciado
Dentro del trámite contencioso o de mutuo acuerdo existe la posibilidad de que se fije una cuota de alimentos como una extensión de la obligación del socorro que tienen los cónyuges entre sí.
En el trámite ante notaría de mutuo acuerdo los cónyuges puede fijar una cuota de alimentos, la cual uno de los cónyuges le podrá aportar al otro y en tiempo determinado o de por vida. Igualmente, se puede fijar una suma de dinero la cual se entenderá como una obligación natural y por ende su cumplimiento será en forma libre, mientras le sea posible o desee hacerlo el cónyuge que se compromete.
Si se tramita por juzgado, dentro de las pretensiones se puede solicitar alimentos para el cónyuge inocente que no haya dado lugar a las causales de divorcio, siempre y cuando exista la necesidad de los alimentos, ya que no es justo que por el error ajeno del otro cónyuge se vea afectada en su nivel de vida.
Si es el cónyuge demandado o demandada, se puede contestar la demanda inicial alegando su inocencia frente a las causales de divorcio y se puede proceder a contrademandar al otro cónyuge a través de una demanda de reconvención alegando sus propias causales y solicitando la cuota alimentos a su favor.
Los alimentos son una extensión de la obligación del socorro entre los cónyuges pero estos alimentos en ningún caso constituyen fuente de indemnización de un cónyuge culpable frente a un cónyuge.
Si en el momento del divorcio no se requiere de los alimentos, en el evento de que haya sido encontrado un cónyuge culpable, en un futuro si surge la necesidad el cónyuge inocente puede insistir sobre una regulación de alimentos a su favor.
Si el divorcio fue de mutuo acuerdo por notaría y no se regulo alimentos de mutuo acuerdo, ya no será posible poder pedir alimentos en condiciones de cónyuge inocente.
Divorcio cuando no se sabe donde está el cónyuge
El divorcio se adelanta a través de emplazamiento, el cual finalizado sin que se presente se le nombrara curador ad litem para que lo represente dentro del proceso, este tramite obligatoriamente tiene segunda instancia en consulta ante el respectivo Tribunal sala de familia.